El Subcontrato se encuentra regulado a partir del artículo 1069 del Código Civil y Comercial de la Nación
El subcontrato: concepto y aplicación. Fotografía: Mauricio Acosta
Este es un Nuevo Contrato creado por el Subcontratante a cargo del Subcontratado con el fin de crear "una posición" contractual nueva derivada de un Contrato Principal.
Es decir, que de contratos con prestaciones pendientes, las partes pueden crear un nuevo contrato para subsanar estas obligaciones pendientes.
El Subcontratado dispone de las acciones emergentes del subcontrato por parte del Subcontratante.
De las acciones que estén pendientes de cumplimiento desde el Contrato Principal, el subcontratado que no haya firmado un subcontrato mantiene las acciones emergentes del Contrato Principal.
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