En el ámbito del Contrato de Consumo, este tiene dos partes: una parte el proveedor y el otro consumidor/usuario.
El transporte público va lugar a un contrato de consumo para usuarios. Fotografía: Mauricio Acosta
El contrato es la especie, y la relación de consumo su género. La parte proveedora involucra a todos los miembros de la cadena de comercialización, como dato extra.
Ahora bien, consumidor y usuario no significan lo mismo aunque tienen el mismo tratamiento.
Los consumidores somos los que adquirimos bienes o productos ya terminados que se encuentran dentro del mercado.
Y los usuarios somos los que adquirimos servicios en el mercado.
Ejemplo: una persona que utiliza el transporte público, es usuaria: porque no está adquiriendo un bien, sino un servicio.
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